N A C I O N A L
Nueva ley de financiamiento electoral:
¿Cómo se costearán las campañas políticas?

A poco tiempo de estrenarse en las elecciones municipales, la nueva ley de gasto electoral cuenta con dos grandes deficiencias: no impone sanciones a quienes infringen la ley y permite donaciones anónimas, o sea, margina a la ciudadanía de conocer quienes financian el total de las campañas.

por Pablo Aburto y María Jesús Méndez

Se avecinan tiempos de elecciones. Pronto los postes del alumbrado público no darán abasto para sostener tanto afiche y las calles estarán tapizadas de panfletos llamando a votar por tal o cual candidato. De hecho, hasta el día de hoy es posible encontrar en algunas comunas del Gran Santiago carteles semidestruidos, vestigios de contiendas pasadas.

Para impedir que el país nuevamente se convierta en una verdadera selva de papel, en la que sólo los candidatos con mayores recursos logran posicionar su imagen ante la ciudadanía, el Parlamento aprobó el 2003 -tras un largo debate- la Ley sobre la transparencia, límite y control de gasto electoral. Este era uno de los proyectos emblemáticos elaborados por el Gobierno de Lagos, debido a la enorme publicidad de la que se valió Joaquín Lavín en las últimas elecciones presidenciales.

Mientras Lagos utilizaba unas pocas gigantografías con su imagen, el líder de la centroderecha prácticamente pintaba todo Chile con los colores de su sector (azul y amarillo, para los desmemoriados). No es posible saber cuánto dinero se gastó en ese entonces, pero las estimaciones y los estudios al respecto apuntan a que los fondos del alcalde de Santiago eran hasta diez veces mayores que los del actual mandatario.

De este modo, la promulgación de la iniciativa se convirtió en un gran triunfo de la Concertación, sobretodo porque se pretendía dar una señal de transparencia después de los escándalos de los casos Gate y Coimas.

Por otro lado, el oficialismo trató por años de equiparar fuerzas con la derecha. Lamentablemente para sus aspiraciones, nunca logró captar la mayor preferencia de los privados, quedándole sólo la vía legal para solucionar esta poco equilibrada situación. A pesar de pretender igualar las condiciones, la ley 19.884 no establece límites tan bajos. “No es tan poco lo que se va a gastar, pues los techos o límites se trazaron según lo que se gastó en las elecciones del año 2000, que han sido las más caras que se han realizado”, explica a The Moroso el Director del Servicio Electoral, Juan Ignacio García.

¿Cuánto costará una campaña?

Claudio Fuentes, coordinador academico de Flacso.

A nivel de discurso, el principal objetivo en las discusiones era reducir los dineros que se invierten en las campañas. Desde el retorno de la democracia ha quedado más que claro que el poderío económico lo detenta la Alianza por Chile, en especial la UDI. Muchos analistas estiman que el crecimiento del gremialismo en los últimos años se debe, en parte, a cuidadas estrategias de marketing basadas en bombardear a la ciudadanía con el “rostro” del candidato. Debido al alto costo que tienen este tipo de promociones políticas, el oficialismo, la izquierda extraparlamentaria e incluso Renovación Nacional se han visto en seria desventaja.

Por ello, la iniciativa legal establece límites de gasto a los candidatos a senadores, diputados y alcaldes: 3 mil UF, 1.500 UF, 120 UF, respectivamente. A lo que hay que sumar 0,03 UF por cada elector.

Según un estudio de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), esto significa que en un distrito de menos de 200 mil electores una campaña podría costar 90 millones de pesos, mientras que en uno con más votantes la cifra se elevaría a 150 millones de pesos. Por ejemplo, en Santiago Oriente hay 400 mil inscritos, por lo que un aspirante a un cupo en la Cámara Alta podría gastar nada menos que 500 millones de pesos. Las más costosas sin duda serán las presidenciales, pues pueden alcanzar los cinco mil millones de pesos.

Con el fin de evitar que los cargos públicos sean ocupados por representantes de intereses privados antes que por personas con vocación de servicio público, la normativa crea –y esta es la gran novedad- un subsidio estatal que financia el 20 % de los gastos electorales de acuerdo al número de preferencias que obtengan los candidatos. Es decir, permite que los aspirantes a senadores, diputados, alcaldes y concejales –esta posibilidad no considera candidatos presidenciales- reciban del Fisco un monto equivalente a la multiplicación de 0,010 UF por el número de sufragios obtenido por su partido en la última elección de igual naturaleza.

¿Demasiado complicado? En otras palabras, cada uno de nosotros –los contribuyentes– pagará a la colectividad aproximadamente 170 pesos por cada voto obtenido por el candidato. Para ser aún más prácticos: si un postulante a un cupo parlamentario de un distrito de 100 mil habitantes obtiene el 50 % de los votos, recibiría la cantidad de 8,5 millones de pesos para lo cual ciertamente deberá justificar sus gastos de campaña.

Ello no quiere decir que aquellos partidos que buscan llegar al Congreso por primera vez no tendrán apoyo. Podrán recibir dinero del Estado, aunque sólo captarán una cantidad igual a la que corresponda a la colectividad que hubiere obtenido en ella el menor número de sufragios. En el caso de independientes, se distribuirá entre todos ellos un monto similar.

Deficiencias de la ley

A pesar de que la legislación pretende favorecer la transparencia y la igualdad de oportunidades con el subsidio estatal, la ley presenta serias deficiencias. En primer lugar, no establece sanciones. O sea, quien gasta más de lo debido no recibe castigo.

“El tema de las sanciones se discutió mucho, pero lo cierto es que con o sin sanciones, el Servicio Electoral va a hacer todo lo posible porque la ley se cumpla. Y diremos en todas partes qué partido o candidato no cumplió. Todo eso lo vamos a hacer público. Y lo vamos a poner en la página web. Aunque sabemos que el problema está en que, sin sanciones, tiene un costo de imagen complicado”, sostiene García.

“Así como no impone sanciones, la ley tampoco contempla a quienes cumplan, es decir, si yo me comprometo a que todo sea transparente debería recibir más subsidio estatal, por ejemplo”, afirma Claudio Fuentes, coordinador académico de la FLACSO.

Congreso Nacional

El tema de los aportes también puede cuestionarse seriamente. Las personas naturales y jurídicas podrán entregar un máximo de 1.000 UF a un sólo candidato y de 10 mil UF a un conjunto de candidatos o a un partido político.

Y aunque para favorecer la transparencia, la ciudadanía debería conocer la procedencia de estos fondos, con la ley esto se cumple sólo hasta cierto punto. Existen donaciones públicas, donde todo el mundo puede saber quién y cuánto donó. Las empresas que realicen la donación, en este caso, pueden disfrutar de beneficios tributarios.

Pero también están las donaciones de menos de 20 UF, que podrán conservar el anonimato. El autor del aporte puede ser cualquier persona, incluso pueden realizarse a través de terceras personas varios aportes de 20 UF sin que los ciudadanos o el Servicio Electoral, lleguen a conocer la procedencia del dinero.

La tercera modalidad corresponde a los aportes reservados, que pueden llegar a ser hasta 600 UF por candidato y 3.000 UF por partido. “En la donación reservada, sólo el Servicio Electoral sabe de donde viene esa plata. Pero los ciudadanos se ven impedidos de saberlo. Podría decirse que es otra forma de aporte anónimo”, sentencia Fuentes.

En muchos países se está cuestionando el papel de las empresas en la política. El cientista político evidencia que las empresas tienen fines de lucro, su interés es obtener beneficios, por lo que no es correcto que tengan una preferencia política. “Si está donando es para obtener beneficios posteriores. Apoyarán a los candidatos que defiendan sus preferencias. Por supuesto, después pasarán la cuenta”, evidencia Fuentes.

En Chile, no sólo se trata de que las empresas aporten dinero a las campañas, sino que además el Estado premia estos aportes, al descontar impuestos por donaciones políticas.

A las falencias presentadas se suma el hecho que el Servicio Electoral no cuenta con la infraestructura suficiente como para revisar todas las rendiciones de gastos de los candidatos en el periodo de 30 días que destina la ley. Sobretodo si se considera el alto número de postulantes que se presentará a las elecciones municipales.

El Ministerio de Hacienda aprobó un presupuesto para hacer frente, a través de un sistema computacional y la contratación de varios contadores, de la mejor manera posible a las nuevas exigencias.

Sitios relacionados:
www.servel.cl
www.flacso.cl